El Tribunal Supremo de la India negó a una activista pro eutanasia un pedido para terminar con la vida de una mujer en coma desde hace 37 años, pero en su fallo aceptó la posibilidad de que se introduzca en el país la llamada "eutanasia pasiva" y dio luz verde al Poder Legislativo para que legisle sobre este tema.
La periodista india Pinki Virani pidió una orden judicial para que aplicar la eutanasia a Aruna Shanbaug, una enfermera que quedó en estado de inconciencia permanente desde 1973, tras ser violada y estrangulada por un trabajador de limpieza del hospital en el que trabajaba.
La Corte determinó el 7 de marzo que Virani no tiene un vínculo fuerte con Shanbaug, abandonada por su familia en el hospital desde la tragedia, y no le reconoció el derecho de hacer un pedido sobre la vida de la mujer.
Sin embargo, el Tribunal determinó en su veredicto que los pacientes terminales pueden recibir "eutanasia pasiva en casos excepcionales, con aprobación de los tribunales", en una sentencia que sienta jurisprudencia, porque en la India no existe una ley sobre este tema.
La llamada "eutanasia pasiva" consiste en causar la muerte de los pacientes suprimiendo medios de subsistencia fundamentales como la alimentación e hidratación.
En el caso de Shambaug, la corte decidió que los médicos y enfermeras que la atienden tendrían el poder de decisión sobre su vida. Sin embargo, estos profesionales han anticipado que no desean terminar con la vida de la mujer a la que atienden con admirable cariño y dedicación desde hace décadas en el hospital KEM de Bombay.
En el año 2001, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una declaración sobre la eutanasia en la que aclara que "suministrar alimento y agua, incluso por vía artificial, es, en principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida".
"Por lo tanto es obligatorio en la medida y mientras se demuestre que cumple su propia finalidad, que consiste en procurar la hidratación y la nutrición del paciente. De ese modo se evita el sufrimiento y la muerte derivados de la inanición y la deshidratación".
Además, recuerda que "un paciente en 'estado vegetativo permanente' es una persona, con su dignidad humana fundamental, por lo cual se le deben los cuidados ordinarios y proporcionados, que incluyen, en principio, el suministro de agua y alimentos, incluso por vías artificiales".
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